A continuación, encontrarás una recopilación de los 3 posts más visitados durante este mes de junio por nuestros clientes, con el fin de que estés informado de los contenidos más relevantes publicados en los foros de la comunidad.
-1. Desde el 1 de octubre 2018, debes realizar electrónicamente tus trámites con la Seguridad Social
Desde que la Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo, estableció la obligatoriedad de los empresarios o trabajadores por cuenta propia o autónomos para incorporarse al Sistema RED ya no es posible relacionarse con la Seguridad Social de forma presencial.
No obstante, el empresario o trabajador autónomo dispondrá de un período transitorio de seis meses desde la entrada en vigor de la norma para que la obligación del uso de medios electrónicos sea efectiva, este periodo transitorio finaliza el día 30 de septiembre de 2018.
Para cumplir con esta obligación el empresario o trabajador autónomo tiene dos alternativas:
1. Comunicarse con la Seguridad Social mediante un Autorizado RED, es decir acudiendo a una gestoría o asesoría, y que sea ésta quien realice todas las gestiones en su nombre.
2. Haciendo uso de los servicios electrónicos disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
En ambos casos resulta imprescindible que el empresario o trabajador autónomo disponga de un certificado digital, DNI electrónico o certificado Cl@ve. Más información en este post.
-2. Roaming: evita sorpresas si viajas este verano al extranjero
Como sabes, desde el 15 de Junio del 2017, el roaming dentro de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (EEE), que comprende además de los países de la UE a Noruega, Islandia y Liechtenstein, se incluye en la tarifa nacional. Es decir, tus llamadas, uso de datos y SMS en estos países pasaron a tarificarse bajo las mismas condiciones que las tarifas nacionales.
Este hito ha permitido grandes ahorros para los negocios de nuestros clientes y además abrió un abanico de oportunidades favoreciendo la conectividad entre los miembros de vuestras empresas y con vuestros clientes y haciendo que surgiesen nuevas posibilidades de negocio. Más información en este post.
-3. Implicaciones en la RGPD 2018: ¿cómo te afecta?
Ya ha pasado el 25 de mayo de 2018 y con él la entrada en vigencia del nuevo Reglamento General de Protección de Datos en Europa. Mientras se realizan las primeras actuaciones, los diferentes Estados miembros de la UE están adecuando sus normativas internas a la reglamentación europea que, siguiendo sus mismos lineamientos, puede incluir algunas particularidades locales.
Las nuevas obligaciones que impone la nueva Ley a las empresas:
- Exclusión del denominado “consentimiento tácito”.
- Se adelanta a 13 años la edad para prestar su consentimiento.
- Se permitirá a los herederos para que puedan solicitar el acceso a los datos del finado de sus fallecidos.
- “Categorías especiales de datos”.
- El consentimiento explícito obtenido debe ser verificable.
- Exclusión de la imputabilidad del responsable.
- Listas Robinson y sistemas de video-vigilancia.
- Podrá ser una persona física o jurídica el Delegado de Protección de Datos.
- Bloqueo cautelar de datos.
Más información en nuestro post.