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MaiteMiguelVadillo
Más integrado que la RDSI
22-08-2022

Portabilidad fusión teniendo un dispositivo en renting

Buenas tardes: Haber si podéis ayudarme. Esta mañana estuve en una tienda para ver que pasaba si hacía portabilidad teniendo el móvil en renting y me dicen que se ajustaría el precio pero nada más que solo pagaría el renting. Inicio portabilidad y me llaman por teléfono y me dicen que tengo una sanción de 205 euros por hacerlo. Entonces quería saber en que quedamos se puede quedar solo la mensualidad del renting sin fusión o tengo que pagar penalización. La verdad que cada comercial me dice una cosa.

2 Respuestas

  • Hola MaiteMiguelVadillo

     

    En primer lugar te damos la bienvenida a la Comunidad Movistar.

     

    Vemos que thonio, al que agradecemos su aportación, te ha facilitado la información relacionada a tu consulta respecto al coste del dispositivo al realizar portabilidad.

     

    Estamos a tu disposición para cualquier consulta o gestión que necesites 😉

     

    Un saludo

    Marcela

  •    Hola MaiteMiguelVadillo, es un placer,

    si se anula el arrendamiento del terminal (en tu caso concreto por portabilidad) antes de que acaben los 36 meses establecidos en las condiciones generales, indicar que le puedes adquirir o bien devolver en una tienda o distribuidor Movistarabonando en ambos casos la respectiva cuota (si decides devolverle, tan solo tendras que pagar el importe actualizado de dicho dispositivo, teniendo en cuenta su coste inicial y el tiempo que ha transcurrido, desde que empezo el contrato de arrendamiento).

       Es decir, te puedes quedar con el terminal en cualquier momento, satisfaciendo la parte proporcional del mismo o bien retornarle sufragando el resto proporcional, en este caso, de los meses que te quedan por pagar, hasta completar los 36 estipulados (dicho terminal debe conservar su caja original y encontrarse en buen estado).

       Para el calculo de las cuantias, aplica el importe resultante del Coste del Terminal Actualizado (CTA), conforme a lo establecido en la clausula 9 del contrato de arrendamiento de dispositivos (al pie de este post, adjunto dicho contrato, a fin de que lo revises y observes detalladamente).

       Cualquier otra consulta o duda que te surja al respecto, no dejes por favor de hacernosla llegar, a traves de este mismo hilo.

       Gracias por entrar en la Comunidad y un saludo.