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hola miguelan .
La noticia es muy interesante. Es una pena que se tengan que estar regulando consas que son de pura logica.
Pero leyendola detenidamente he reparado en un parrafo que me ha llamado la atencion, y que creo que es donde esta la madre del cordero.
Además la información relativa a la posible permanencia y su penalización máxima correspondiente en caso de baja anticipada deberá estar detallada claramente en el contrato
Y quien tiene hoy en dia un contrato en el campo de las telecomunicaciones? Todo se hace por telefono y por internet, pero lo que has contratado, con clausulas y condiciones, eso nunca se recibe por escrito.
Posiblemente esta obligacion deberia ser la primera que se impusiera: tener por escrito lo que has contratado.
un saludo y que la Comunidad te acompañe.
norbys escribió:hola @miguelan .
La noticia es muy interesante. Es una pena que se tengan que estar regulando consas que son de pura logica.
Pero leyendola detenidamente he reparado en un parrafo que me ha llamado la atencion, y que creo que es donde esta la madre del cordero.
Además la información relativa a la posible permanencia y su penalización máxima correspondiente en caso de baja anticipada deberá estar detallada claramente en el contrato
Y quien tiene hoy en dia un contrato en el campo de las telecomunicaciones? Todo se hace por telefono y por internet, pero lo que has contratado, con clausulas y condiciones, eso nunca se recibe por escrito.
Posiblemente esta obligacion deberia ser la primera que se impusiera: tener por escrito lo que has contratado.
un saludo y que la Comunidad te acompañe.
Hola pues si norbys yo tengo el contrato escrito con mi actual compañía, antes de contratar pedí las condiciones por correo electrónico y después de contratar por grabación telefónica recibí el contrato general y condiciones particulares por escrito, es un derecho que tenemos los consumidores y se debe exigir (por si acaso), pero parece ser que estamos más pendiente de lo que nos ofrecen/prometen cuando hacemos el contrato que del contrato en sí.
En cuanto a la permanencia según mi opinión no debería existir, si compramos unos productos en oferta en una tienda (leche, TV, ropa, etc) esta oferta no nos obliga para que todo lo que compremos lo hagamos allí durante 24 meses, en telefonía nos han hecho pensar que "como te hago una oferta" tienes que estar con permanencia; actualmente tengo una oferta con mi actual compañía (con relación a los precios oficiales) y mi primera condición era de pasar sin permanencia. Si una compañía se considera buena no debe tener a los clientes con permanencia ya que estos estarán en ella por que el producto se adapta a lo que buscan y el trato que este recibe de la compañía. Pero lo que pasa es que hay mucha picaresca y mucha gente quiere cambiar de móvil cada 6 meses y claro entramos en los chantajes si no me lo das me cambio y la compañía responde si " te lo doy pero te ato 18 o 24 meses y ya lo pagaras “espabilad@” que en este caso esta bien, pero permanencia por tarifas es abusivo.
Un saludo