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Hola fm.lopez, ya tengo respuestas :smileywink:, si te parece respondo lo que faltaba sobre tu mensaje:
fm.lopez escribió:
1.- En la contratación de fibra óptica 100Mb/10Mb no existe periodo de desistimiento (cuando me lo han dicho me he quedado a cuadros, yo pensaba que el periodo de desistimiento era obligatorio por ley).
Hay 15 días en los que el cliente puede pedir la baja del servicio y no se aplica penalización.
2.- En caso de cancelación anticipada dentro de los 12 meses de permanencia, en el caso que se hubiese acogido a la promoción de 29,90€ + IVA al mes, el cliente estaría obligado a pagar los 120€ + IVA (penalización) más los 300€ + IVA en que está valorada la instalación (aun cuando en toda la publicidad que he visto se indica claramente que la instalación de la fibra óptica es gratuita).
En caso de baja sin cumplir la permanencia, la penalización que se aplica será la acordada en la contratación, en este caso son 120 € (indiferentemente si se da de baja el mes 2 o el 11).
La instalación no se factura.
3.- He preguntado también por la posibilidad de no acogerme a la promoción y pagar los 39,90€ + IVA al mes, y me han comentado que eso se puede hacer, pero si me voy tendría que seguir pagando el coste de la instalación valorada en los 300€ + IVA., en el momento de la baja.
No es correcto, la instalación no se factura.
Sobre el contrato, indicar que es el generico de cada servicio, indistintamente de la tecnología sobre la que se facilite, en el caso del ADSL es este y el resto de contratos los podeis ver aquí.
Traslado tambien la consulta, para que nos indiquen si en Zaragoza hay posibilidad de ver una demo de Fibra Optica.
Te informo por aquí.
1sld
Hola JCarlos, en primer lugar agradecerte las respuestas.
Al final he conseguido que me facilitasen el modelo de contrato que se firma para contratar la fibra óptica, en una tienda de movistar , pero ahora se me ha planteado otra duda con respecto a una de tus respuestas.
El modelo del contrato que se me ha facilitado es el MOD TDE003 V.1-01/04/2013 - "Contrato de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones Fijas" - que está compuesto por 7 páginas:
+ Página 1.- Ejemplar para Movistar
+ Página 2.- Ejemplar para la oficina de portabilidad / Inhabilitación
+ Página 3.- Ejemplar para el cliente
+ Página 4.- Ejemplar para la gestión administrativa del punto de venta
+ Página 5.- Ejemplar para el operador donante
+ Páginas 6 y 7.- Condiciones de prestación de Servicios de Telecomunicaciones Fijas
De acuerdo con tu respuesta:
"En caso de baja sin cumplir la permanencia, la penalización que se aplica será la acordada en la contratación, en este caso son 120 € (indiferentemente si se da de baja el mes 2 o el 11)."
Pero en la página 6 punto 3.- Compromiso de Permanencia se indica lo siguiente:
"El cliente podrá darse de baja en los Servicios en todo momento mediante comunicación a Movistar, con dos días hábiles de antelación a la fecha en que deba surtir efecto la baja, llamando al número 1004 0 900 10 10 10.
No obstante, lo anterior, en aquellos supuestos en los que el cliente que solicite la baja hubiese recibido de Movistar un apoyo económico (la cantidad del apoyo económico recibido durante el plazo pactado con el cliente (en adelante, el compromiso de permanencia), deberá abonar a Movistar una cantidad proporcional al apoyo económico recibido y al número de días que no haya respetado su compromiso, respecto al periodo inicialmente acordado. La mencionada cantidad será pasada al cobro del cliente en su factura. Lo anterior será aplicable igualmente en caso de suspensión del servicio."
Por tanto, entiendo que la penalización sí sería distinta si se produce en el mes 2 o en el mes 11, ya que se calcularía de forma proporcional al número de días que no se ha respetado el compromiso de permanencia, en ningún caso sería la cantidad fija de 120 € fija que mencionas con independencia del mes en que se produzca.
Por otra parte, en la página 1 dentro del apartado "Servicio solicitado" se indica:
"Se informa de que existe un Anexo (I) con los productos/servicios asociados a la contratación. Se cumplimenta Anexo (I)
Sí ( ) No ( )."
He pedido copia de dicho Anexo I, para ver que es lo que ponía en él, pero no me han sabido dar una contestación sobre lo que en él se incluye en la tienda.
Voy a leerme el contrato del ADSL que figura en el enlace que me has enviado para ver si se me aclaran las dudas o me surgen más (31 páginas son muchas páginas para comprender en un simple contrato de ADSL me parece a mí).
También el hecho que no se mencione nada en la tienda Movistar cuando se firma el contrato sobre esas 31 páginas adicionales de las "Condiciones Generales del Servicio Línea Movistar ADSL", e incluso no se conozca el Anexo I que sí se menciona en el contrato que se firma en la tienda, me lleva a pensar que el sistema de contratación de la fibra óptica no es tan sencillo como presuponía en un principio.
Me parece que voy a tener que estudiar con detenimiento todas las condiciones del contrato del servicio de fibra óptica antes de contratarlo ya que no me gustaría tener sorpresas desagradables a posteriori, y eso que considero que la fibra óptica es el futuro.
Un saludo.
- JCarlos-Movistar21-05-2013Antiguo Moderador
Hola fm.lopez, debes de tener en cuenta que las indicaciones que me estás haciendo son referentes al "Contrato de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones Fijas" este es el contrato de la línea fija, no del ADSL que es el que está penalizado con 120€ por baja anticipada.
1sld
- fm.lopez21-05-2013Yo probé el VDSL
Buenas tardes JCarlos, pues ahora si que no entiendo nada, porque ese es el contrato que me dijeron que se utilizaba en la tienda movistar, cuando les dije que quería contratar la fibra óptica, y además les recalqué que la línea fija ya la tenía contratada con movistar desde hace más de 12 años. No me puedo creer que en la tienda movistar no sepan el contrato que se debe firmar cuando se contrata la fibra óptica.
Un saludo.
- JCarlos-Movistar22-05-2013Antiguo Moderador
Hola fm.lopez, debes de tener en cuenta que el contrato de voz, el de datos (ADSL o FTTH) o el de Movistar TV son diferentes entre si y no cambian en función de la tecnología utilizada, es decir que el contrato de Banda Ancha es el mismo tanto se facilite por cobre como por fibra.
Puesto que ya tienes línea telefonica (voz) sin ningún tipo de permanencia, el cambio a fibra óptica no implica que se asocie una.
En este caso, creo que la duda surge por la permanencia asociada a la promoción en cuotas de Movistar Fibra Óptica 100/10 Mb y puesto que al ser “temporal”, no se incluye en el contrato Banda Ancha , pero sí en las condiciones del servicio.
Esto está accesible en la página de esta promoción (aquí), en el apartado Información / Precios.
Por otra parte, sobre el tema de la demo que tenemos pendiente de respuesta, me indican que lamentablemente, por problemas de cobertura, no se ha podido instalar en ninguna tienda de Zaragoza una demo con el funcionamiento de Fibra Óptica de Movistar, pero es una cuestión que se tiene en cuenta para hacerlo en cuanto sea posible.
1sld