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OKEY
...¡ Que te den un Albarán cuando los entregues en la tienda...y asegúrate que especifican bien todos los trastos que devuelves !
...y sellado por la tienda
...¿ Has decidido hacer la Reclamación en 1ª instancia a Atención al Cliente de Telefonica a través del 1004 ?
¡ Qué valiente !...Que te den el numero de reclamación y asegurate que pongan claramente : Que NO HAS SIDO INFORMADO de que tenias que devolverlos, ni por supuesto por tanto de los modos ni mucho menos de los plazos ( en ningún momento previo a la baja ni durante el periodo de plazo )
Recuerda ( que x cientos de experiencias ), lo normal es que de Atención al Cliente de Telefónica desestimen tu reclamación...pero cuando tengas esa supuesta pero probable contestación es cuando harás la Reclamacion al Servicio de Defensor del Cliente de Telefónica ( esa ya no la pueden hacer desde la Comunidad ni desde el 1004 )...sólo x internet ó por carta...y sólo la puedes hacer tú....y SERÁ X FIN RESUELTA FAVORABLE PARA TI DEFINITIVAMENTE.
Espero que así sea. Un abrazo.
Sí, respecto al albarán, ya me encargaré que quede bien reflejado los aparatos que devuelvo. ¿Sabes (o sabe alguien) si, además del nombre/modelo del aparato, también debe quedar reflejado en el albarán algún numerito de los que vienen por detrás (por ejemplo el número SN)? ¿O con que ponga que devuelvo Router y ONT es suficiente?
La reclamación la haré en el 1004, espero que me toque alguien que más o menos sepa redactar una reclamación, si no me veo una hora al teléfono para hacerla. En cualquier caso, le pediré que me la lea cuando haya terminado de escribirla.
Una última duda (por ahora, jeje): he visto que a algunos usuarios les han respondido de esta primera reclamación por sms, por carta, etc. ¿Es aconsejable que yo, como usuario (parte débil del conflicto) tenga una prueba de que esa primera reclamación ha sido desestimada para poder iniciar la segunda reclamación y que no me digan que no reclamé en primera instancia o similares? En ese caso, la respuesta a la reclamación debería ser en papel, sms o formato electrónico, pero NO MEDIANTE UNA LLAMADA, que sin esperármela no podría grabarla ni nada.
Gracias,
Un saludo.
- mkgntó06-11-2015El WIFI me llevó al sofá
Exito Nº 197 @rubismo
De: @rubismo
Fecha: 06-11-2015 11:39:22
Quieran o no este foro es de Movistar, y lo usa como mejor le conviene, cerrando el hilo.
Tras todo esto siguiente me han devuelto dinero....MUCHAS GRACIAS¡¡¡¡¡
Buenas noticias¡¡¡¡
MOVISTAR HA TENIDO QUE DEVOLVERME EL DINERO, lo tengo en mi cuenta¡¡¡
Muchas gracias por tu apoyo y datos
....ya me han devuelto el dinero. MUCHAS GRACIAS y seguire diciendolo para que la gente reclame
Os recuerdo brevemente.
*Cambio de operador, paso de Movistar, no me informa de que hay que devolver los equipos y me los cobra como al mes de la baja.
*Pago la factura injusta por no devoler el router.
*Devuelvo el router en punto oficial, me dan la orden de entrega.
*Reclamación a movistar, en el 1004, como son juez y parte me dicen que no tengo razón.
*Reclamación a Sec. Est. De las telecomunicaones que me dice no es competente.( con escrito adjunto, muchas gracias compañeros por el escrito)
*Reclamación en la OMIC, ……ME DEVUELVEN EL DINERO.
Hay 3 cosas imporantes para que no te tomen el pelo:
La primera es reclamar.
Tb la segunda.
Tb la tercera.
Salduos,
____________________
Hola rubismo
Muchas gracias a ti por contarnos el esperado final
¡ Madre mia !...desde febrero ( ya era hora )
¿ Por qué han tardado tanto ?
Bueno !,...No hace falta que te diga lo que me alegro.
( volveremos a repetir lo de que " nunca es tarde ......." ), para conformarnos.
Encantado de volver a leerte. Espero seguir haciéndolo.
Un abracete desde Albacete.
- mkgntó02-11-2015El WIFI me llevó al sofá
Valer , si que vale...pero cuanto más especificado esté: ¡ Mejor ! ( haces bien en desconfiar )
...piensa que esos papeles son los que luego avalarán tus reclamaciones.
...En cuanto a la prueba de que has realizado esta primera reclamación a S.A.C,
...por desgracia deberemos de conformarnos con un numero de reclamación y confiar en que la operadora te la ha hecho conforme tú le has dicho.
de como deberia de ser a como es ...la cosa cambia...y si luego tienes que hacer la de S.D.C ( ni eso ) :smileymad:
...y estate atento...si no recibes contestación...tendrás que llamar cada 3 ó 4 semanas hasta que te digan la respuesta
( aunque normalmente lo hacen por carta )
...y si fuera desfavorable...pues a hacer la de Defensor del Cliente de Telefonica...y ya está
Os voy a poner de nuevo una plantilla que se puede usar para ambas
( lo único que primero hay que hacerla a Atención al Cliente de Telefónica
y si viniera desfavorable: ya hariais la 2ª a Defensor del Cliente de Telefonica ) NO OS LIEISSSS !!
Lo que está en rojo ó azul lo poneis también en negro. Lo he puesto así para que os fijes especialmente en ello.
- La direcciones de Atención al Cliente y Defensor del Cliente son la misma...pero son departamentos independientes
Saludos
Destinatario:
Telefónica de España,
1ª vez a: Atención al Cliente de Telefónica...y si os la deniegan habrá que hacer igual pero a: Servicio de Defensa del Cliente
C/ Gran vía, 28 C.P 28013 Madrid
Reclamación para la devolución del importe cobrado en concepto de “incumplimiento de condiciones de devolución”
En XXXXXXXXXX a XX de Noviembre de 2015
Por la presente, D.XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX mayor de edad, dotado de DNI XXXXXXXXX del que acompaña fotocopia, y con domicilio en XXXXXXXXXCódigo postal XXXX de Gerindote provincia de XXXXX comparece ante la mercantil Telefónica de España con CIF A82018474 y domicilio social en C/ Gran Vía nº 28, 28013 Madrid (operando bajo la denominación comercial de “movistar”) y como mejor convenga en derecho.
EXPONE
1.- Que con fecha XXXXXXXXX recibe en su factura de referencia TA4RXXXXXXXX de FIJO 9XXXXXXXX un cargo de XXXXX euros en concepto incumplimiento de condiciones de devolución
2.- Que tras recibir dicha factura con el cargo de referencia se informó a través del servicio de atención al cliente de Movistar de los motivos por los que la compañía le facturó dichos cargos, resultando ser el motivo alegado la no devolución los equipos ROUTER, ONT... ,3.- Que en ningún momento fue informado ni antes de contratar los servicios con la mercantil de referencia, ni al proceder a la baja en los servicios contratados, de que debía devolver los equipos ni mucho menos del modo ni los plazos, ni tampoco del régimen en el que Movistar le había cedido dichos equipos.
4.- Que el cobro del importe citado, por el concepto citado, vulnera el derecho reconocido en el artº 12.1 del real decreto 899/2009 que regula la “carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas” según el cual los usuarios tienen derecho a recibir “información veraz, eficaz, suficiente y transparente sobre, las características del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas y de los servicios objeto del mismo”, dado que en ningún momento se informó a D:XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX del régimen de cesión de los aparatos, de la obligación de devolver los equipos de referencia, del modo de realizar la devolución, ni siquiera se le informó de donde podría encontrar las condiciones legales y de contratación de sus servicios y, en particular, de las condiciones del alquiler de los equipos.
5.- Dicha vulneración del derecho a la información podría ser constitutivo de una infracción leve a la ley 9/2014 (ley general de telecomunicaciones ), concretamente en el articulo 78.11, pudiendo ser sancionada dicha infracción grave con un importe de hasta 50.000 €, según dispone el artº 79 de la citada ley.
6.- La no facilitación a los clientes que contratan por vía telefónica información sobre las cláusulas del contrato durante los tres días naturales anteriores a la contratación, ni la remisión del texto completo de las condiciones generales es evidente la infracción del artº 2 del R.D. 1.906/1999 (que regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artº 5.3 de la Ley 7/1998, de Condiciones generales de la contratación) relativo al deber de información previa y que establece que. También se infringe el artº 27.4 de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que establece que . La publicación de dichas condiciones generales en una página web no es un medio adecuado para asegurar su conocimiento por todos los destinatarios ya que lo que se pretende contratar es el servicio de Internet y el acceso a tal medio de difusión no puede obtenerse hasta la formalización del contrato. Se aprecia una infracción por parte de Movistar conforme a lo establecido en el artº 50.1 de la Ley CAM 11/1998, por tratarse de un incumplimiento de las disposiciones que regulen los requisitos documentales y de funcionamiento de la actividad comercial y de prestación de servicios, estando bien calificada como muy grave por la concurrencia de los criterios de generalización de la infracción en cuanto al número de destinatarios afectados y de situación de predominio en el mercado de la entidad responsable.
7.- Que Una vez cursada Reclamación a Atencion al Cliente en 1ª instancia Referencia Nº xxxxxxxxxxxxx con resultado desfavorable y no estando en absoluto conforme con dicha resolución, y siguiendo como siempre las instrucciones del Servicio de Atención al cliente.
D. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mediante el presente escrito
SOLICITO
1.- Que sea atendida la presente reclamación de forma favorable a mis prensiones , siéndome devuelto el importe cobrado por el/ los equipos ya devueltos, con referencia de entrega X-XXX-XXX-XXXAtentamente:
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX