No es legal cortar el servicio de telecomunicaciones a una persona mayor de forma arbitraria, ya que las telecomunicaciones son consideradas un servicio público de interés general. La ley garantiza el derecho humano a la comunicación, y los proveedores de servicios deben cumplir con normativas para asegurar la continuidad y calidad del servicio.
Derecho humano a la comunicación:
El artículo 1 de la ley de telecomunicaciones establece que el objetivo principal es garantizar el derecho de las personas a la comunicación.
Servicio público de interés general:
Las telecomunicaciones son un servicio público de interés general, y el Estado tiene la obligación de garantizar que se preste de manera continua y con calidad.
Obligación de los proveedores:
Las empresas de telecomunicaciones deben seguir las leyes y regulaciones que les exigen prestar el servicio de manera continua y sin interrupciones injustificadas.
Posibles excepciones:
Si hay una interrupción del servicio, debe estar justificada por incumplimiento de contrato o por causas técnicas. En cualquier caso, el proveedor debe seguir los procedimientos establecidos en la ley para la suspensión o corte del servicio. Un corte arbitrario no es legal.
Protección del consumidor:
Existen leyes de protección al consumidor que establecen normas claras para las empresas que operan en internet y en el sector de las telecomunicaciones, protegiendo a los usuarios de prácticas abusivas.
entonces vamos con que se pidio una fianza cosa ilegal y cortado el servicio durante 7 dias a una persona mayor
dejo esto por aqui para futuros clientes se enteren que no devolveis la fianza