"el Cliente deberá devolver el Dispositivo escogido, en cuyo caso, se le aplicará el importe resultante del Coste del Terminal Actualizado (CTA) ponderado"
Esto se puede interpretar como que se me aplicaría ese importe a mí, que se me haría un pago por un valor ponderado del artículo que estoy devolviendo (cosa que sería entendible porque se da por hecho que le he dado algún uso, aunque no sea el caso).
Pero que devuelva un artículo nuevo a los 20 días de adquirirlo y encima tenga que pagar una multa del 70% del valor parece absurdo y muy abusivo.
Entiendo que es una batalla perdida y que la culpa es mía por no leer la letra pequeña; pero es bueno saberlo para no volver a aceptar ninguna oferta comercial.
Les agradezco su tiempo y las rápidas respuestas.