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Siguiendo vuestras instrucciones realicé la reclamación sobre la factura correspondiente al periodo afectado y finalmente conseguí que me devolvierais 7,97 eur + iva (por haber permanecido 6 días sin Internet, sin Teléfono fijo, y sin Movistar TV) cuando llevo años pagando casi 100 euros al mes por vuestros servicios.
Pues bien, formulé una segunda reclamación por esta ridícula compensación y vuestro departamento de atención al cliente me la ha rechazado con un mensaje indicando que solo me atenderéis llamando al 1004 (y si por casualidad consiguiera hablar con alguien que no fuera un robot y no me colgara a mitad de conversación, ya sabemos la validez legal y la fuerza que puedo ejercer exponiendo mi reclamación a través de una llamada telefónica.)
Según Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas:
Capítulo V. Artículo 15. Derecho a indemnización por la interrupción temporal del servicio telefónico disponible al público.
"1. Cuando, durante un período de facturación, un abonado sufra interrupciones temporales del servicio telefónico disponible al público, el operador deberá indemnizar con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
a) El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b) Cinco veces la cuota mensual de abono o equivalente vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta."
POR LO TANTO USTEDES DEBEN ABONARME 92,19 EUROS.
"El operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a 1 euro.
En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la indemnización que corresponde al abonado."
NO HA SIDO ASÍ, HE TENIDO QUE RECLAMAR Y EN SU FACTURA DE INDEMNIZACIÓN NO HAN HECHO CONSTAR LA INFORMACIÓN DE FECHA, DURACIÓN Y CÁLCULO DE LA CUANTÍA.
Hola Persy
Para poder revisar el caso y así poder ayudarte, necesitamos que nos facilites por mensaje privado (DNI, nombre y apellidos del titular del contrato, nº de teléfono fijo y móvil).
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A la espera de tu respuesta.
Un saludo
Angeles
- Persy27-02-2021Yo probé el VDSL
Ya le he remitido los datos solicitados.
Le informo que el pasado día 22 de Febrero puse una nueva reclamación en el departamento de atención al cliente y NO he recibido ninguna contestación.
Hoy he vuelto a poner otra pero ya veo que para cobrar todo va muy bien pero a la hora de devolver el dinero que me corresponde según la Ley, esta empresa no atiende las reclamaciones.
Espero que ustedes a través de este medio puedan hacer algo, porque no voy a parar de quejarme y de denunciar hasta que me abonéis lo que me corresponde.