Adolfo_Domínguez escribió:
patrib escribió:
oscar creo que aqui haceis lo mismo que el 1004 hablar varios y no leer la informacion de antes,en el primer mensaje de un compañero tuyo me habla de que es verdad que puedo irme por incumplimiento en la cuota mensual y me habla de una permanencia de terminal y tu ahora de otra cosa.
repito ante la subida de mi tarifa ,tengo un mes para decidir si quedarme o o no con las nuevas condiciones y si decido que no como hice no pago dicha permanencia por que quien cambia las condiciones pactadas es movistar
hola patrib
Si cuando hablas de un compañero de Oscar te refieres a mi, estás en un grave error. Soy un cliente más, un usuario más y no destaco, precisamente, por defender a Telefónica. De hecho hace 8 días que he tenido un arbitraje por dos denuncias que les he interpuesto en consumo.
Haces mención al R.D. 899/2009 (la Biblia de los usuarios de telecomunicaciones) y, en efecto, hay artículos que la compañía NO CUMPLE y por lo tanto son denunciables, bien en consumo, bien en la SETSI, como el hecho de negarse a remitir en el plazo previsto la copia del contrato.
Como bien sabes, los contratos se escriben con dos tipos de letras y los usuarios tendemos a no leer la pequeña, que no por ello deja de ser vinculante (son contratos de adhesión, las cláusulas las marca la compañía, no se negocian), pues bien, en las ventas de terminales con apoyo económico hay una explicación, en letra pequeña, que dice:
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Compromiso de Permanencia
El cliente ha recibido de TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA,S.A.U. (en adelante "MOVISTAR") un apoyo económico para la adquisición de un terminal u otras condiciones comerciales especialmente ventajosas (en adelante el "apoyo económico").
En virtud de dicho apoyo económico, el cliente se compromete a mantener la línea que haya vinculado a dicho apoyo en el servicio contratado y en un plan de precios que implique un compromiso de consumo igual o superior al contratado, durante un número determinado de meses (en adelante "compromiso de permanencia")
En caso de acogerse a una oferta de un terminal asociado conjuntamente a un determinado plan de precios, el cliente deberá permanecer de alta en dicho plan o en otros planes compatibles, específicamente detallados en la oferta.
La cantidad del apoyo económico recibido y el número de meses de su compromiso de permanencia son los pactados con el cliente para cada línea.
Dichas condiciones, que son aceptadas expresamente por el cliente, quedan reflejadas en la tabla superior.
El cliente podrá darse de baja en el servicio contratado en todo momento o cambiar a un plan de precios que implique un menor compromiso de consumo, si bien en estos supuestos deberá abonar a MOVISTAR una cantidad proporcional al apoyo económico recibido y al número de meses que ha respetado su compromiso de permanencia. La mencionada cantidad será pasada al cobro al cliente en su factura.
Lo anterior será aplicable igualmente en caso de interrupción definitiva del servicio y cambio de numeración.
Se informa al cliente de que existe la posibilidad de adquirir el mismo u otros terminales o contratar los mismos servicios sin recibir apoyo económico y, por lo tanto, sin compromiso de permanencia.
En todo lo no modificado expresamente en virtud de lo establecido en el presente documento, serán de aplicación las Condiciones Generales del servicio móviles Movistar, que el cliente declara conocer y aceptar.
En prueba de conformidad se firman las presentes condiciones.
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Como puedes ver, este condicionante se refiere a una permanencia por el apoyo económico, tal como te había explicado con anterioridad, nada que ver con la permanencia en los servicios contratados, que, como bien sabes y así te lo reconocen, puedes romper el contrato del servicio que tengas contratado sin penalización alguna, por haber habido una modificación de las condiciones contractuales.
Que no te guste, al igual que a mi, no quiere decir que no sea legal o que no estés informada, de hecho has firmado que disponías de toda la información de las CCGG del servición móviles. Lamentablemente la permanencia por apoyo económico no va pareja a que respeten tu contrato de servicios y mucho menos que si decides desvincularte de la empresa por cambio no aceptado en las nuevas condiciones, tengas derecho a desvincular tu permanencia por la compra, a devolver el terminal o a ninguna indemnización. Sencillamente te quedas sin servicio y con un equipo electrónico que deja de funcionar y que deberás abonar, porque es tuyo y tú lo has comprado. Es una P + UT + ADA y yo comprendo tu grado de indignación, pero éstos se las saben todas y nos la cuelan por donde menos esperamos.
Espero que esta vez hayas comprendido lo que he pretendido transmitirte sobre las dos permanencias, que no tienen nada que ver una con la otra.
Cordiales saludos.
no no lo decia por ti alfonso ,lo comentaba por ellos,y yo tengo muy claro como es la ley y cuando en una tienda te dan a firmar el contrato primero lo firmas y luego le grapan las condiciones por lo cual esas ojas ni vienen numeradas en el contrato ni estan firmadas por mi,con lo cual se mis derechos y sus obligaciones ami me sobra la documentacion y las grabaciones
y yo puedo cancelar el contrato por subida de tarifa y el apoyo se pagaria completo siempre que la baja la causara el cliente y en este caso la baja se causo por incumplimiento de la operadora,con lo cual los culpables son ellos y no yo.asi que para no dar mas bola a esto ,ya saben donde nos veremos,el lunes presentare todo ante la ocu y ya veremos si ellos me dieron esa informacion .