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Vale ! , Está claro que esas condiciones no las habiamos leido , ni conocido nadie de los que ahora estamos por aquí "castigados".
Más atrás hay multiples referencias y enlaces que aluden a las mismas ( existen, pero en el inframundo- donde nadie supiera de su existencia-) .
Entonces: ¿ debemos entender que vas a esperar la respuesta de la OMIC, y que has hecho la reclamación ahí ?
...me gusta lo que he leido de que la " penalización por incumplimiento de las condiciones de devolución "
...ES: UNA DEUDA INCIERTA Yo diria más: " ES: CIERTAMENTE UNA INDEUDA " ,
e incluso creo que en el Código penal tendrian que utilizar palabras que todos pudieramos comprender a la primera y que no se pudieran "interpretar de diferentes formas "
Lo llames como lo llames es un A B U S O y L A D R O N I C I O y lo que empieza por ESTA y rima con JIRAFA
Un abrazo, mkgntó
No puedo decirte aquí cómo voy a actuar. Compréndelo! Que lo sabe el contrario y no conviene.
Pero las mato a cañonazos, eso sí te lo puedo decir.