Penalización por incumplmiento

AntonioSánchezBuil
Más integrado que la RDSI
Penalización por incumplmiento

Según mi contrato, "el cliente podra drase de baja.... deberá abonar a Movistar una cantiad proporcional al apoyo económico recibido y al número de meses que ha respetado su compromiso de permanencia."


Fecha de contrato: 06/09/20

Compromiso de permanencia: 18 meses

Apoyo económico: 262,00€

 

Mi cálculo: 13/02/2013 - 06/09/2011 = 17 meses completos ==> Incumplimiento: 1 mes. Penalización: 14,56€

Respuesta del 1004: 87,33€

 

Mi cabreo no es que cobren mal, sino que lo hacen a propósito. Sólo si reclamas, puedes recobrar trarde y con gran esfuerzo personal lo que es tuyo, puesto que el único coste para movsitar es devolver lo cobrado de más sin coste adicional alguno, que le incitara a aplicar bien las tarifas desde el principio. Abusan de las personas que como yo para no tener que entrar en dicha guerra permanecemos hasta el final de la permanencia, sin poder aprovechar una excelente oferta que sólo estará es mes.

 

 

Mensaje 1 de 6
232 Visitas
5 RESPUESTAS 5
miguelan
FIBRA lover

Hola.

 

Asi es, tal como te han dicho en el 1004, desde hace casi 2 años, la penalización la calculan por tramos de 6 meses.

 

Pero se te han olvidado de decirte una pequeña cosa: A esa cantidad le tienes que añadir el IVA correspondiente.

 

suerte y saludicos.

Mensaje 2 de 6
230 Visitas
Nuria-Movistar
Antiguo Moderador

 

      Hola @AntonioSánchezBuil

 

Tal y como te informa "miguelan" desde hace cosa de 2 años, los compromisos de permanencian se contabilizan en tramos de 6 meses, esto quiere decir, que tanto como si te faltan 4 días para finalizar la permanencia como 5 meses y medio, el cargo por el incumplimiento sería el mismo... Y a este importe habría que sumarle el IVA. Si quieres que consultemos tu compromiso, puedes enviarme un mp con el número de teléfono y el DNI.

 

       Un saludo



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Mensaje 3 de 6
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McCartneyASB
Más integrado que la RDSI

Lo que no entiendo es que si la ley y el contrato firmado dicen otra cosa, la compañia unilateralmente pueda aplicar el cálculo que crea conveniente. Es decir, me paso la legalidad por el forro

Mensaje 4 de 6
175 Visitas
Carmen.S-movistar
Antiguo Moderador

 

 

    Hola @McCartneyASB Emoticono feliz

 

Bienvenid@ a la Comunidad!!

 

Con las permanencias unicamente se está aplicando lo que se dice en los propios contratos:

 

"El Cliente podrá darse de baja en el servicio móviles Movistar en todo momento o cambiar a un plan de precios que implique un menor compromiso de consumo, si bien en estos supuestos, deberá abonar a Movistar una cantidad proporcional al apoyo económico recibido y al número de meses que ha respetado su compromiso de permanencia".

Lo que ha variado es la forma de calcular ese apoyo y desde el 1/04/2011. La modificación no afecta a la clausula puesto que no se especifica como ha de ser este cálculo.

Espero haber aclarado tus dudas.



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Mensaje 5 de 6
160 Visitas
McCartneyASB
Más integrado que la RDSI

¿Qué no figura el método de cálculo?: Proporcional al numero de meses que se ha cumplido. En castellano, la palabra meses significa meses, no semestres ni grupos de meses ni nada que Vds. quieran inventar. Es más creo que la Ley indica que debe hacerse por periodos de 1 mes (Lo que es lógico). En todo caso, no puede ser que se aplique una fórmula que no esté clara en el contrato, explicitamente o mediante referencia.

 

Sigo sin entenderlo. Un saludo.

Mensaje 6 de 6
147 Visitas