Buenas noches, jtenlop
La siguiente es información de la propia Comisión Europea a ese respecto.
Principio general
'Las normas de la UE sobre el roaming sin recargos ("roam like at home" o " itinerancia como en casa") permiten utilizar los dispositivos en el extranjero, en cualquier país de la UE sin pagar recargos adicionales por los servicios de roaming.'
A partir de ahí
El roaming sin recargos está pensado para las personas que viajan ocasionalmente al extranjero o que tienen en otro país vínculos estables (trabajo, estudio, etc.). No está concebido para utilizarse en casos de itinerancia permanente. Para poder disfrutar del roaming con tarifa nacional cuando viajes a un país de la UE, debes pasar más tiempo o utilizar más tu teléfono móvil en tu país que en el extranjero. Esto es lo que se considera una "utilización razonable de los servicios de roaming".
Si usas el teléfono móvil en el extranjero de forma permanente, tu operador de telefonía móvil puede aplicarte recargos por el roaming. No obstante, esos recargos tienen un límite (véase más abajo la política de utilización razonable).
Cuando cruces una frontera dentro de la UE, recibirás un mensaje de texto de tu operador para informarte de que te encuentras en itinerancia y recordarte su política de utilización razonable.
Los operadores de telefonía móvil pueden aplicar la denominada "política de utilización razonable" para garantizar que todos los clientes tengan acceso y puedan beneficiarse de las normas de la "itinerancia como en casa" (servicios de roaming reglamentados, con tarifa nacional, sin recargos) cuando viajen dentro de la UE. Los operadores pueden aplicar condiciones justas y razonables y mecanismos de control proporcionados para evitar el uso abusivo de estas normas.
Gracias al roaming sin recargos, no hay restricciones de volumen para las llamadas de voz y los mensajes, pero sí hay normas y límites de utilización de datos con tarifa nacional según el tipo de contrato que hayas suscrito.
En algunos casos específicos (ver más abajo), a partir de un volumen razonablemente elevado de datos en roaming con tarifa nacional, es posible que tengas que abonar un recargo igual al límite máximo de las tarifas mayoristas de los datos (a escala de la UE) (6 euros/GB de datos en 2018, más IVA). El precio mayorista del roaming es el importe máximo que tu operador nacional debe pagar a un operador extranjero cuando utilices servicios de datos en itinerancia.
De acuerdo con su política de utilización razonable, los operadores pueden controlar y comprobar tu actividad de roaming en los últimos cuatro meses.
Si, durante ese periodo, has pasado más tiempo en el extranjero que en tu país y el uso de roaming supera el uso nacional , tu operador puede ponerse en contacto contigo y pedirte que aclares tu situación. Tienes 14 días para hacerlo. Si sigues pasando más tiempo en el extranjero que en tu país y el roaming sigue superando tu consumo nacional, el operador puede empezar a aplicar un recargo a tu consumo en roaming. Los recargos (IVA no incluido) tienen los siguientes límites:
- 3,2 céntimos por minuto de llamada de voz efectuada
- 1 céntimo por SMS
- 6 euros por GB de datos (2018)
Los límites para los datos disminuirán progresivamente el 1 de enero de cada año, del siguiente modo: 4,50 euros, 3,50 euros, 3 euros y 2,50 euros en 2022. A partir de 2019 se revisará el límite máximo de acuerdo con los mercados mayoristas de roaming.
Un Saludo :smileyhappy: