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jtenlop
Yo probé el VDSL
06-08-2018

uso abusivo roaming

Mi hija esta de Erasmus en Reino Unido. Lleva casi 4 meses y a partir de ahí, se aplicarían las condiciones establecidas de un supuesto uso abusivo.  He leído lo que dice el contrato de roaming al respecto (por favor, no repetírmelo, pacofreire y moderadores) , he contactado con el 1004, quien me dice que no me preocupe, que son 6 meses (!!!), he escrito a atención al cliente, quienes me indican que desconectando el movil 72 horas el periodo de 4 meses se reinicializa (!!!). Visto que no hay nadie que te explique con claridad que pasa a partir de esos cuatro meses, voy a hacer un par de preguntas a las que agradecería que no me contestaran de nuevo con que me lea las condiciones del roaming:

 

1. Tras el periodo de 4 meses se supone que Movistar contacta con el cliente para que explique por qué tiene un consumo mayor en roaming. Si contacta para ello ¿si se lo explicas qué pasa? ¿De qué depende que Movistar estime que es o no es abusivo?

2. Algunos moderadores y aspirantes a ello te vienen a decir que lo mejor es que no lleves la tarjeta esos 4 meses. ¿Por qué? ¿No dice el contrato que Movistar podrá pedirte que justifiques la residencia en España? Si justificas que resides en España y estás de Erasmus, enviando el certificado correspondiente ¿Qué ocurre?

 

Mucha gracias

 

 

8 Respuestas

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  • Avatar de jtenlop
    jtenlop
    Yo probé el VDSL
    09-08-2018

    Hola  Elizabeth b. En mi opinión, aceptados los acuerdos de las compañías, sí se puede hacer algo más. En las Condiciones particulares del Servicio Roaming Movistar, apartado 7, Mecanismos de control aplicables, el punto 1º indica la prueba de residencia: Movistar se reserva el derecho de solicitar a sus clientes itinerantes, en caso de que se indique en las presentes condiciones, pruebas que acrediten la residencia habitual del cliente en España u otros vínculos estables que impliquen una presencia frecuente y sustancial en el territorio naciona y en el 2º. Movistar se reserva el derecho a aplicar, previa notificación, el recargo que, en su caso, se indique para el tráfico de datos en Roaming dentro de la Zona 1 o Zona UE que supere los volúmenes de datos que se puedan consumir en itinerancia de conformidad con los límites que, en su caso, se expresen en las condiciones particulares de la tarifa contratada por el cliente. Esto no debería ser una "reserva de derecho" de Movistar, se debería convertir en el primer caso en un trámite que nosotros, vuestros clientes, pudiéramos hacer sin tener que soportar la "espada de Damocles" de que Movistar suponga que hacemos uso abusivo, y en el 2º, el uso de datos, en un derecho por nuestra parte: aunque esté 6 meses en itinerancia, si el consumo de datos no difiere del que habitualmente  hacemos en territorio nacional, no debería aplicarse la el supuesto de uso abusivo.

    Pero bueno, te agradezco que lo pases al Departamento que corresponda, aunque sea como sugerencia. 

    Saludos y doy por cerrado (que no resuelto) el hilo.

    Jesús Tena Lopez

  • Hola jtenlop

     

    Como bien indicas son acuerdos que establecen las compañías telefónicas y no podemos hacer nada más, en cuanto a tu queja, todas vuestras sugerencias las pasamos al departamento que corresponde y esperamos siempre que sean tenidas en cuenta para mejorar en el futuro.

     

    Saludos Elizabeth b.

  • Avatar de jtenlop
    jtenlop
    Yo probé el VDSL
    08-08-2018

    Hola Pilar, eso que me cuentas de los cuatro meses, ya me lo he aprendido, lo prometo. La clave esta en la frase debes pasar más tiempo o utilizar más tu teléfono móvil en tu país que en el extranjero. Totalmente de acuerdo, pero no tanto en que Movistar considere que porque mi hija está 4 meses en el extranjero eso significa que utiliza más el móvil allí que en España. Eso sencillamente NO ES CIERTO. Movistar establece el control cuatrimestral: vale, una vez que detecta que mi hija lleva cuatro meses fuera me avisa y yo le explico que es lo que sucede: está circunstancialmente de Erasmus (y si no lo recogen ahora, tendrán que recogerlo porque hay muchisimos estudiantes que lo hacen) y es demostrable con certificado de la Universidad o con el de empadronamiento del Ayuntamiento, que reside en España. Y eso debería ser más que suficiente para que cualquier compañ´çia considerar que no se trata de ningún consumo abusivo. 

    Y ya lo que clama al cielo es que me digas que no podéis confirmarme el consumo de datos a partir del cual comenzaría "tu operador" (Movistar es ¿no Pilar)  a aplicarme el recargo. Tengo un contrato de fusión, con una linea móvil, otra adicional y una tercera, la linea de mi hija. Entre las tres tendríamos 20 Gb de datos. No llegamos a consumir al mes ni 5 Gb, lo que supone 180 Gb al año que, sencillamente, no consumimos, y llevo aguantando tres incrementos de tarifa arbitrarios de "mi operador" para darme todos estos datos que no necesito. El gasto que esta teniendo mi hija fuera es exactamente el mismo que si estuviera aquí, menos de 2 Gb, y a Movistar no le cuesta ni un céntimo porque esté fuera y tienen acuerdos de reciprocidad con las operadora de otro paises. ¿Tengo que aguantar que me digan que estoy haciendo un uso abusivo?  Vale con que me avisen, si son estas las normas que han acordado las grandes operadoras de telefonía con la aquiscencia de la UE, pero yo tengo derecho a reclamar que deberían tener consideración con sus clientes.   

    Un saludo

  • Hola jtenlop

     

    Como te hemos comentado para poder disfrutar del roaming con tarifa nacional cuando viajes a un país de la UE, debes pasar más tiempo o utilizar más tu teléfono móvil en tu país que en el extranjero.el echo de estar en Erasmus no es justificante del consumo. Esto es lo que se considera una "utilización razonable de los servicios de roaming" por lo que movistar pasado 4 meses  puede ponerse en contacto contigo y pedirte que aclares tu situación.

    No podemos confirmarte un porcentaje de consumo de datos tu

    operador puede empezar a aplicar un recargo a tu consumo en roaming. Los recargos (IVA no incluido) tienen los siguientes límites:

     

    • 3,2 céntimos por minuto de llamada de voz efectuada
    • 1 céntimo por SMS
    • 6 euros por GB de datos (2018)

    Saludos Pilar

     

  • Avatar de jtenlop
    jtenlop
    Yo probé el VDSL
    07-08-2018

    Hola Marco, gracias por tu respuesta pero, como suele ser habitual, a vuestro modo de ver me han respondido pero no creo que sea así. Me decís que transcurridos los 4 meses "Movistar se pondrá en contacto contigo para que puedas informar por qué esta ocurriendo esto" , pero ¿que sucede si justifico que mi hija está de Erasmus, reside en España y la mayor parte del consumo anual no sería en itinerancia?. Supongo que si Movistar se pone en contacto conmigo será para enterarse de qué es lo que ocurre, y por ello si se puede justificar lo que sucede para explicar que no se trata de uso abusivo, Movistar podría considerarlo.

     

    Tampoco me respondéis cual sería el porcentaje de datos de mi tarifa que podría considerarse como uso abusivo. Si tengo contratada una tarifa con 5 Gb de datos por ciclo de facturación y en roaming mi hija consume un 15 o un 20% ¿es abusivo?

     

    Gracias y a ver si conseguimos entre todos aclarar la política de Movistar respecto al uso abusivo, porque cada vez habrá más casos de gente que viaja al extranjero sin quere abusar de sus compañías de telefono. Para coger a quienes abusen, no hay que meter a todo el mundo en el mismo saco.

     

    Un saludo

  • Hola jtenlop

     

    Lo que nos consultas vemos que te lo ha respondido pacofreire, gracias por tu colaboración!!!

     

    Si transcurridos esos 4 meses se comprueba que ha habido más tráfico de roaming que nacional Movistar se pondrán en contacto contigo para que puedas informar porque esta ocurriendo esto, si se continua teniendo más trafico de roaming se puede llegar a facturar cargos adicionales. La tarifa contratada permite hacer uso de los servicios contratados en los países de la UE sin cargo adicional pero no para usarlo de forma permanente. 

     

    Saludos!!! Marco.A-Movistar :smileywink:

  • Avatar de jtenlop
    jtenlop
    Yo probé el VDSL
    07-08-2018

    Insisto, aunque veo que es difícil que alguien conteste a esto:

    1. Tras el periodo de 4 meses se supone que Movistar contacta con el cliente para que explique por qué tiene un consumo mayor en roaming. Si contacta para ello y se lo explicas ¿qué pasa? ¿De qué depende que Movistar estime entonces que es o no es abusivo?

    2. El contrato de Roaming dice textualmente: Prueba de residencia en España: Movistar se reserva el derecho de solicitar a sus clientes itinerantes, en caso de que se indique en las presentes condiciones, pruebas que acrediten la residencia habitual del cliente en España u otros vínculos estables que impliquen una presencia frecuente y sustancial en el territorio nacional. Entiendo que Movistar podrá pedirte que justifiques la residencia en España. Si lo haces y explicas que estás de Erasmus, enviando el certificado correspondiente, ¿qué ocurre?

    3º También dice ese contrato Movistar se reserva el derecho a aplicar, previa notificación, el recargo que, en su caso, se indique para el tráfico de datos en Roaming dentro de la Zona 1 o Zona UE que supere los volúmenes de datos que se puedan consumir en itinerancia de conformidad con los límites que, en su caso, se expresen en las condiciones particulares de la tarifa contratada por el cliente. Si mi contrato tiene 5 Gb ¿cual es el volumen de datos que Movistar supone excesivo en itinerancia?

    Un saludo

  • Avatar de pacofreire
    pacofreire
    Yo ya uso 10G ¿y tú?
    06-08-2018

    Buenas noches, jtenlop

     

    La siguiente es información de la propia Comisión Europea a ese respecto.

     

    Principio general

     

    'Las normas de la UE sobre el roaming sin recargos ("roam like at home" o " itinerancia como en casa") permiten utilizar los dispositivos en el extranjero, en cualquier país de la UE sin pagar recargos adicionales por los servicios de roaming.'

     

    A partir de ahí

     

    Condiciones

     

    El roaming sin recargos está pensado para las personas que viajan ocasionalmente al extranjero o que tienen en otro país vínculos estables (trabajo, estudio, etc.). No está concebido para utilizarse en casos de itinerancia permanente. Para poder disfrutar del roaming con tarifa nacional cuando viajes a un país de la UE, debes pasar más tiempo o utilizar más tu teléfono móvil en tu país que en el extranjero. Esto es lo que se considera una "utilización razonable de los servicios de roaming".

     

    Si usas el teléfono móvil en el extranjero de forma permanente, tu operador de telefonía móvil puede aplicarte recargos por el roaming. No obstante, esos recargos tienen un límite (véase más abajo la política de utilización razonable).

     

    Cuando cruces una frontera dentro de la UE, recibirás un mensaje de texto de tu operador para informarte de que te encuentras en itinerancia y recordarte su política de utilización razonable.

     

    Política de utilización razonable

     

    Los operadores de telefonía móvil pueden aplicar la denominada "política de utilización razonable" para garantizar que todos los clientes tengan acceso y puedan beneficiarse de las normas de la "itinerancia como en casa" (servicios de roaming reglamentados, con tarifa nacional, sin recargos) cuando viajen dentro de la UE. Los operadores pueden aplicar condiciones justas y razonables y mecanismos de control proporcionados para evitar el uso abusivo de estas normas.

     

    Política de utilización razonable y límites de datos

     

    Gracias al roaming sin recargos, no hay restricciones de volumen para las llamadas de voz y los mensajes, pero sí hay normas y límites de utilización de datos con tarifa nacional según el tipo de contrato que hayas suscrito.

     

    En algunos casos específicos (ver más abajo), a partir de un volumen razonablemente elevado de datos en roaming con tarifa nacional, es posible que tengas que abonar un recargo igual al límite máximo de las tarifas mayoristas de los datos (a escala de la UE) (6 euros/GB de datos en 2018, más IVA). El precio mayorista del roaming es el importe máximo que tu operador nacional debe pagar a un operador extranjero cuando utilices servicios de datos en itinerancia.

     

    Política de utilización razonable: control

     

    De acuerdo con su política de utilización razonable, los operadores pueden controlar y comprobar tu actividad de roaming en los últimos cuatro meses.

     

    Si, durante ese periodo, has pasado más tiempo en el extranjero que en tu país y el uso de roaming supera el uso nacional , tu operador puede ponerse en contacto contigo y pedirte que aclares tu situación. Tienes 14 días para hacerlo. Si sigues pasando más tiempo en el extranjero que en tu país y el roaming sigue superando tu consumo nacional, el operador puede empezar a aplicar un recargo a tu consumo en roaming. Los recargos (IVA no incluido) tienen los siguientes límites:

     

    • 3,2 céntimos por minuto de llamada de voz efectuada
    • 1 céntimo por SMS
    • 6 euros por GB de datos (2018)

    Los límites para los datos disminuirán progresivamente el 1 de enero de cada año, del siguiente modo: 4,50 euros, 3,50 euros, 3 euros y 2,50 euros en 2022. A partir de 2019 se revisará el límite máximo de acuerdo con los mercados mayoristas de roaming.

     

    Un Saludo :smileyhappy: