Hola JCarlos, en primer lugar agradecerte las respuestas.
Al final he conseguido que me facilitasen el modelo de contrato que se firma para contratar la fibra óptica, en una tienda de movistar , pero ahora se me ha planteado otra duda con respecto a una de tus respuestas.
El modelo del contrato que se me ha facilitado es el MOD TDE003 V.1-01/04/2013 - "Contrato de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones Fijas" - que está compuesto por 7 páginas:
+ Página 1.- Ejemplar para Movistar
+ Página 2.- Ejemplar para la oficina de portabilidad / Inhabilitación
+ Página 3.- Ejemplar para el cliente
+ Página 4.- Ejemplar para la gestión administrativa del punto de venta
+ Página 5.- Ejemplar para el operador donante
+ Páginas 6 y 7.- Condiciones de prestación de Servicios de Telecomunicaciones Fijas
De acuerdo con tu respuesta:
"En caso de baja sin cumplir la permanencia, la penalización que se aplica será la acordada en la contratación, en este caso son 120 € (indiferentemente si se da de baja el mes 2 o el 11)."
Pero en la página 6 punto 3.- Compromiso de Permanencia se indica lo siguiente:
"El cliente podrá darse de baja en los Servicios en todo momento mediante comunicación a Movistar, con dos días hábiles de antelación a la fecha en que deba surtir efecto la baja, llamando al número 1004 0 900 10 10 10.
No obstante, lo anterior, en aquellos supuestos en los que el cliente que solicite la baja hubiese recibido de Movistar un apoyo económico (la cantidad del apoyo económico recibido durante el plazo pactado con el cliente (en adelante, el compromiso de permanencia), deberá abonar a Movistar una cantidad proporcional al apoyo económico recibido y al número de días que no haya respetado su compromiso, respecto al periodo inicialmente acordado. La mencionada cantidad será pasada al cobro del cliente en su factura. Lo anterior será aplicable igualmente en caso de suspensión del servicio."
Por tanto, entiendo que la penalización sí sería distinta si se produce en el mes 2 o en el mes 11, ya que se calcularía de forma proporcional al número de días que no se ha respetado el compromiso de permanencia, en ningún caso sería la cantidad fija de 120 € fija que mencionas con independencia del mes en que se produzca.
Por otra parte, en la página 1 dentro del apartado "Servicio solicitado" se indica:
"Se informa de que existe un Anexo (I) con los productos/servicios asociados a la contratación. Se cumplimenta Anexo (I)
Sí ( ) No ( )."
He pedido copia de dicho Anexo I, para ver que es lo que ponía en él, pero no me han sabido dar una contestación sobre lo que en él se incluye en la tienda.
Voy a leerme el contrato del ADSL que figura en el enlace que me has enviado para ver si se me aclaran las dudas o me surgen más (31 páginas son muchas páginas para comprender en un simple contrato de ADSL me parece a mí).
También el hecho que no se mencione nada en la tienda Movistar cuando se firma el contrato sobre esas 31 páginas adicionales de las "Condiciones Generales del Servicio Línea Movistar ADSL", e incluso no se conozca el Anexo I que sí se menciona en el contrato que se firma en la tienda, me lleva a pensar que el sistema de contratación de la fibra óptica no es tan sencillo como presuponía en un principio.
Me parece que voy a tener que estudiar con detenimiento todas las condiciones del contrato del servicio de fibra óptica antes de contratarlo ya que no me gustaría tener sorpresas desagradables a posteriori, y eso que considero que la fibra óptica es el futuro.
Un saludo.