Cito textualmente: " .... concluye que no existe constancia del consentimiento del compromiso de permanencia de Fusión. Asi mismo, se confirma la actuacion erronea por la cual en vez de realizar reintegro negativo de abono, se hizo un reintegro positivo que originó un nuevo cargo de 190€ + IVa. Por otra parte, se confirma que la penalizacion por el terminal se calculó trimestralmente y no mensual, según normativa legal vigenta. En base a esto, el SDC resuelve a su favor de forma que se proceda a anular la factura del 08/10/13 de 229,90€ iva incluido; emitir factura donde se realice la devolucion del importe de 190€ cargado en factura de 01/10/13; por ultimo, reintegrar en la misma el importe de 100€ + IVA correspondientes a la diferencia entre los 150€ aplicados por la permanencia tremestral cuando debieron ser 50€. Para la bonificacion de 519,90€ Iva incluido resultante, se anulara la deuda axistente de 411, 76€ iva incluido y el resto de importe 108,14€ iva incluido, telefonica de España procedera a realizar un ingreso...."
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