Hola yo cada vez que pienso en todo me surgen nuevas inquietudes de todo esto, como bien dice Benito la Ley 11/2022 en su artículo 67 punto 7. "Los contratos celebrados entre consumidores y operadores de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público distintos de los servicios de transmisión utilizados para la prestación de servicios máquina a máquina, no tendrán un período de vigencia superior a veinticuatro meses. Esta duración también será aplicable a los contratos para dichos servicios suscritos con los usuarios finales que sean microempresas, pequeñas empresas u organizaciones sin ánimo de lucro, a menos que estas hayan acordado explícitamente renunciar a la misma." Por tanto y visto que había contratos previos de 36 meses podría haber buscado soluciones y acuerdos con los usuarios o haber realizado una consulta al Ministerio de Consumo para llegar a la solución más ecuánime, pero ellos se cierran en el 24 más 24 abonando 3€, y por qué 3 y no la misma cantidad que han asumido en los 36 meses anteriores. Pero si fuera malpensado me cuestionaría el por qué Movistar, conociendo de la tramitación de la Ley en abril mayo de 2022 hizo esa campaña de captación de clientes y contratos y en mi caso se advirtió de esa circunstancia y posibles modificaciones legales. Actuó Movistar de mala fe, yo quiero pensar que no, pero si se enroca en su posición yo presentaré el tema a la Dirección General de Consumo de la Diputación General de Aragón.
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