Editado 19-04-2013 15:46
Editado 19-04-2013 15:46
El Gobierno ha modificado la normativa de contratación telefónica para exigir firma física, con el objetivo de evitar posibles abusos de las empresas.
Cerrar un contrato de servicios como la línea de móvil y ADSL, la luz y el gas exclusivamente a través del teléfono dejará de ser posible.
El Consejo de Ministros ha aprobado una profunda reforma de la legislación sobre protección al consumidor que exigirá a las compañías contar con la firma física de los clientes para darles de alta.
Si bien es un paso adelante en la protección al consumidor, habrá que esperar un poco, ya que esta nueva normativa será de aplicación a los contratos con los consumidores celebrados a partir de junio de 2014.
Fuente: Expansion.com
Saludos.
Hola.
Y para que todo el mundo firme el contrato que haran?, quien viva en un lugar con tienda muy bien, y los que no?, se les enviaran por Zeleris?, si es asi, apañados estan.
saludicos.
miguelan escribió:
Hola.
Y para que todo el mundo firme el contrato que haran?, quien viva en un lugar con tienda muy bien, y los que no?, se les enviaran por Zeleris?, si es asi, apañados estan.
saludicos.
La oferta no será vinculante hasta que el consumidor haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito ya sea en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de SMS.
Saludos.
Hola
Menudo notición......si se implanta definitivamente bajarán el número de reclamaciones de una manera exagerada.
¿Pero esto lo ha hecho nuestro gobierno?....el de la barba?........tiene que haber letra pequeña....no se no se...
Saludos
hoy es un gran dia adios a panchinlandia
Editado 19-04-2013 22:33
Editado 19-04-2013 22:33
miguelan escribió:
Hola.
Y para que todo el mundo firme el contrato que haran?, quien viva en un lugar con tienda muy bien, y los que no?, se les enviaran por Zeleris?, si es asi, apañados estan.
saludicos.
Si realmente se aprueba esta norma, creo que sera lo mejor que nos podia pasar. No debe de haber ningun problema para firmar los contratos al momento, solo tienen que habilitar la firma digital en la web de cada operadora, recordar que desde hace varios años tenemos un D.N.I con firma digital que no sirve para nada, esta es lo oportunidad par utilizarlo.
Saludos
P.D Creo que Movistar es la unica operadora que no aplicaba el contrato fisico, soy cliente de Vodafone, Orange y Jazztel y ellos si lo hacen, como ex-cliente de Ono tambien lo hace, Orange,Vodafone y Ono te envian el contrato por e-mail y tu lo devuelves firmado, Jazztel es mas lenta y te lo envia por correo ordinario y tu lo devuelves.
cfox escribió:
miguelan escribió:
Hola.
Y para que todo el mundo firme el contrato que haran?, quien viva en un lugar con tienda muy bien, y los que no?, se les enviaran por Zeleris?, si es asi, apañados estan.
saludicos.
Si realmente se aprueba esta norma, creo que sera lo mejor que nos podia pasar. No debe de haber ningun problema para firmar los contratos al momento, solo tienen que habilitar la firma digital en la web de cada operadora, recordar que desde hace varios años tenemos un D.N.I con firma digital que no sirve para nada, esta es lo oportunidad par utilizarlo.
Saludos
P.D Creo que Movistar es la unica operadora que no aplicaba el contrato fisico, soy cliente de Vodafone, Orange y Jazztel y ellos si lo hacen, como ex-cliente de Ono tambien lo hace, Orange,Vodafone y Ono te envian el contrato por e-mail y tu lo devuelves firmado, Jazztel es mas lenta y te lo envia por correo ordinario y tu lo devuelves.
Vodafone dependiendo del canal que uses tampoco lo hace. En la web estas aceptando las condiciones desde el momento que contratas un producto (y al que no le gusta que sea las lea completas) Ono y Orange no lo se y Jazztel es cierto que te envian una copia que debes devolver firmada si bien la grabacion te informan que el aprovisionamiento del servicio sigue su curso (como es normal, porque si tienen que esperar a la copia firmada...)
A mi me parece un paso hacia atras. Quero contratar un ADSL pero vivo en el quinto pino asi que hasta que no valide con mi firma y me desplace porque tengo una agenda apretada hacia una tienda fisica para firmar un contrato no me ponen el ADSL y puedo estar dias y dias hasta que decida hacer el tramite.
No voy a hablar de operadoras. Voy a hablar de Iberdrola. No tiene tiendes fisicas. Tiene una sede. Si quiero luz rapidamente ¿me tengo que desplazar hasta una sede para firmar un contrato para que luego venga un tecnico y me instale el contador al que tambien le tendre que firmar un papelito? Lo mismo con el agua o el gas.
¿El DNI electronico? Nadie lo usa. Las claves del certificado caducan mucho antes de la expedicion del DNI. Hay gente que usamos el DNI Electronico pero una persona de 60 años creo que no va a querer eso.
Todo lo que se anota en papeles y se deja constancia escrita con copias, copias y copias asi se delimita la responsabilidad de unos y otros. Se denomina en teoria de organizacion de empresas BUROCRACIA. Por eso los juzgados de este pais van rapido, porque todos usamos el DNI Electronico, el envio del SMS, el certificado digital...
Y si quieres sigo porque puedes validar el borrador de hacienda con un SMS, via web... porque pides hora para el medico por telefono y no mediante una firma y porque para reparar una averia vuelves a usar el telefono. Quizas tambien deberiamos antes firmar que estamos consintiendo todo.
En definitiva, contratos por escrito YA LOS TENEIS. No llameis al 1004, 123, 1565... Ir a la tienda que os dan un contrato escrito. Y en Iberdrola, y en gas natural, y en Aquagest Valladolid. Dejad que los que queremos usar el telefono podamos hacerlo.
Un saludo telefonico
fraarra escribió:
cfox escribió:
miguelan escribió:
Hola.
Y para que todo el mundo firme el contrato que haran?, quien viva en un lugar con tienda muy bien, y los que no?, se les enviaran por Zeleris?, si es asi, apañados estan.
saludicos.
Si realmente se aprueba esta norma, creo que sera lo mejor que nos podia pasar. No debe de haber ningun problema para firmar los contratos al momento, solo tienen que habilitar la firma digital en la web de cada operadora, recordar que desde hace varios años tenemos un D.N.I con firma digital que no sirve para nada, esta es lo oportunidad par utilizarlo.
Saludos
P.D Creo que Movistar es la unica operadora que no aplicaba el contrato fisico, soy cliente de Vodafone, Orange y Jazztel y ellos si lo hacen, como ex-cliente de Ono tambien lo hace, Orange,Vodafone y Ono te envian el contrato por e-mail y tu lo devuelves firmado, Jazztel es mas lenta y te lo envia por correo ordinario y tu lo devuelves.
Vodafone dependiendo del canal que uses tampoco lo hace. En la web estas aceptando las condiciones desde el momento que contratas un producto (y al que no le gusta que sea las lea completas) Ono y Orange no lo se y Jazztel es cierto que te envian una copia que debes devolver firmada si bien la grabacion te informan que el aprovisionamiento del servicio sigue su curso (como es normal, porque si tienen que esperar a la copia firmada...)
A mi me parece un paso hacia atras. Quero contratar un ADSL pero vivo en el quinto pino asi que hasta que no valide con mi firma y me desplace porque tengo una agenda apretada hacia una tienda fisica para firmar un contrato no me ponen el ADSL y puedo estar dias y dias hasta que decida hacer el tramite.
No voy a hablar de operadoras. Voy a hablar de Iberdrola. No tiene tiendes fisicas. Tiene una sede. Si quiero luz rapidamente ¿me tengo que desplazar hasta una sede para firmar un contrato para que luego venga un tecnico y me instale el contador al que tambien le tendre que firmar un papelito? Lo mismo con el agua o el gas.
¿El DNI electronico? Nadie lo usa. Las claves del certificado caducan mucho antes de la expedicion del DNI. Hay gente que usamos el DNI Electronico pero una persona de 60 años creo que no va a querer eso.
Todo lo que se anota en papeles y se deja constancia escrita con copias, copias y copias asi se delimita la responsabilidad de unos y otros. Se denomina en teoria de organizacion de empresas BUROCRACIA. Por eso los juzgados de este pais van rapido, porque todos usamos el DNI Electronico, el envio del SMS, el certificado digital...
Y si quieres sigo porque puedes validar el borrador de hacienda con un SMS, via web... porque pides hora para el medico por telefono y no mediante una firma y porque para reparar una averia vuelves a usar el telefono. Quizas tambien deberiamos antes firmar que estamos consintiendo todo.
En definitiva, contratos por escrito YA LOS TENEIS. No llameis al 1004, 123, 1565... Ir a la tienda que os dan un contrato escrito. Y en Iberdrola, y en gas natural, y en Aquagest Valladolid. Dejad que los que queremos usar el telefono podamos hacerlo.
Un saludo telefonico
Desde hace años se ha demostrado que el teléfono da mas problemas de los que soluciona, el contrato por escrito también los da, solo ver la de gente que firma cosas sin leer, pero de cara al cliente el papel firmado es una garantía y el teléfono es una indefensión, como ya hemos hablado otras veces yo estoy de acuerdo con la libertad pero no con el libertinaje.
Y si una persona se puede desplazar a un banco para abrir una cuenta y firmar el contrato etc etc también lo puede hacer para contratar una línea ADSL etc etc lo que no es tolerable como yo he tenido recientemente una experiencia con el 1004, de que me llamen cada día para endosarme líneas de móvil y no quieran facilitarme un contrato por escrito, solo la grabación de voz, todo el mundo debe de poder tener una constancia legal de lo que contrata y no dejarlo todo a la buena fe.
Por lo que no se puede permitir usar el teléfono en estos casos.
Saludos
Joer que buena noticia...............!!!
Gracias por la información!!
Buenos dias yo no se que pensar sobre esta nueva normativa
Saludos de Rafa
Quien hace la ley hace la trampa, ya se inventaran algo o alguna clausula para incumplirla.
Editado 21-04-2013 13:35
Editado 21-04-2013 13:35
Hola, el Real Decreto de 1999 que regula la contratación telefónica o electrónica actualmente me parece que está bien, pero sobre todo por parte de las compañías telefónica no se ha respetado y en respuesta a esta situación se da un paso más en el que aparte de remitir el contrato por cualquier medio adecuado a la técnica de comunicación a distancia utilizada, el texto completo de las condiciones generales, ahora se exigirá la firma como consentimiento explicito.
Real Decreto 1906 de 17 de diciembre de 1999
Esto se produce por que las algunas compañías no facilitaban una información veraz, eficaz y completa sobre cada una de las clausulas del contrato en el momento de la contratación y además no remitían estas por escrito. El consumidor tiene siete días hábiles para resolver el contrato (anularlo) sin incurrir en ningún tipo de penalización ni de gasto, incluidos los gastos de devolución pero en muchos casos se nos ponen trabas para ejercer este derecho y más aún cuando ni sabemos bien que hemos contratado. El expresado plazo se cuenta desde la recepción de los bienes por el consumidor si se trata de un contrato de entrega de bienes, y desde la fecha de celebración del contrato en cualquier otro caso. Algunos usuarios contrataron líneas junto con la entrega de un móvil por parte de la compañía, tuvieron línea, permanencia pero el móvil después de meses en el mejor de los casos, pero si han querido anular el contrato se lo han impedido y amenazado con la permanencia y lo mismo con Fusión con problemas para tener todo activado (línea, ADSL y móvil) durante meses pero que no te dejan de anular el contrato que ya desde el minuto 1 después de contratar tienes la permanencia (no valía para nada los 7 días).
Otra causa más para modificar la ley actual es porque se han producido contrataciones fraudulentas en el que ni el titular del contrato sabía que había contratado tal producto (por aquí en esta comunidad actualmente algunos usuarios están exponiendo tal situación en algún foro); como la de prohibir “suministrar al consumidor productos y servicios no solicitados por él, cuando los suministros incluyan una petición de pago de cualquier naturaleza”.
Pero .... pero según la noticia deja una puerta entre abierta que dice “se limitaría su aplicación a las ofertas que parten de las operadoras” que puede ser peligrosa para el consumidor y esta puede ser la causa principal que la ley actual no funcione porque amparándose en ofertas no se aplica la ley.
En resumen creo que la nueva ley es una protección más para el consumidor y sigue siendo rápida en cuanto a la contratación telefónica ya que esta se pone en marcha desde el momento que llamas para contratar, pero da al cliente la posibilidad de anularlo si esto no se corresponde con lo esperado (simplemente no firmando).
Un saludo
PD: He puestos ejemplos de porque la ley actual no funciona con movistar pero es trasladable a cualquier compañía.
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"Ser leal a sí mismo es el único modo de llegar a ser leal a los demás" Vicente Aleixandre
Decir que cada dia pinta mejor la nueva Ley de Consumidores y Usuarios:
Los principales ejes en los que se articulan las novedades de la futura Ley son los siguientes:
Contratos telefónicos
Por otra parte, el Anteproyecto aborda la contratación telefónica de bienes y servicios y propone un sistema que proteja a los consumidores y usuarios, y que, al mismo tiempo, no supone cargas excesivas para los empresarios. Se trata de un modelo consensuado entre el Ministerio de Sanidad, a través del Instituto Nacional de Consumo, y el Ministerio de Industria.
En los casos en los que la empresa sea la que se ponga en contacto telefónico con un usuario para formalizar el contrato, deberá confirmar la oferta por escrito o, salvo oposición expresa del consumidor, en un soporte duradero.
La oferta no será vinculante hasta que el consumidor haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito ya sea en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de SMS.
De este modo, se asegura que el consumidor es plenamente consciente de lo que está aceptando al garantizarse adecuadamente que recibe la información precontractual obligatoria, algo que no es posible si el proceso completo se lleva a cabo en una única conversación telefónica.
Con estas novedades se articula la nueva regulación de un sector en auge, regulación que supondrá un avance para salvaguardar los derechos de los consumidores y usuarios y, a la vez, resultará positivo para las empresas, pues les dota de seguridad jurídica y fomentará el consumo de bienes y servicios utilizando las nuevas tecnologías.
Toda la informacion sacada de este enlace: http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Enlaces/190413Transacionesonline.htm
A disfrutarla si finalmente se aprueba.
Saludos
Hola:
Aquí también lo mencionan, además de hablar sobre una bajada-regulación de los 902:
Saludetes. 😉
Hola.
Tranquilos, no os hagais muchas ilusiones, de aqui a que esto este aprobado y entre en vigor, tardara su tiempo, y mientras tanto las operadoras y quien no son las operadoras, presionaran para que sea lo mas leve posible todo esto.
En esta pais nuestro las cosas funcionan asi.
saludicos.
Al final todo llega.Este viernes han entrado en vigor algunas disposiciones de la recientemente renovada Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios que regula el 'spam' telefónico, las reclamaciones colectivas o el plazo que tenemos como consumidores para dar marcha atrás en un servicio contratado.
Por ello desde este fin de semana los consumidores tenemos cuatro nuevos derechos: disponemos de más días para desistir de un contrato suscrito; no nos pueden cobrar por las facturas en papel; tampoco contratarnos cosas sin nuestro consentimiento expreso y no podrán llamarnos a casa con ofertas comerciales a horarios intempestivos.
La norma, que fue aprobada el pasado 27 de marzo y traspone una directiva europea, también establece que los contratos deberán emitirse con letra más grande en caso de que el usuario así lo solicite, y la letra pequeña debe ser superior al milímetro y medio.
Estos son los cuatro nuevos derechos que tenemos como consumidores:
A partir de ahora pasa de los 7 a los 14 días. Es decir, que contamos casi con medio mes para evaluar cualquier contrato que hayamos suscrito y echarnos para atrás si consideramos que no es tan beneficioso como habíamos pensado en un primer momento.
Durante esas dos semanas podremos renunciar a lo pactado sin necesidad de justificar la decisión y sin poder ser penalizado por ello.
Las empresas ya no podrán molestar a los consumidores en los domicilios con sus llamadas telefónicas antes de las 9 de la mañana ni más tarde de las 21 horas, y tampoco en festivos o fines de semana.
El comercial que nos llame nos deberá indicar la identidad de la empresa, deberá llamar desde un número de teléfono identificable, no privado, y también deberá informar al consumidor de su derecho a manifestar su oposición a recibir ofertas.
Igualmente, con la entrada en vigor de esta ley, las facturas se emitirán sólo en papel, a no ser que el consumidor dé su consentimiento para que sean electrónicas.
En cuanto al cobro por recibir la factura en papel, esta práctica ha sido considerada abusiva, por lo que ninguna empresa puede cobrar por este concepto ni en los contratos que se firmen a partir de ahora ni en los vigentes.
Este apartado también se está comentando en este hilo.
Por último, la nueva ley de consumo deja claro que debe haber un consentimiento expreso para realizar cualquier contratación. De no existir, el consumidor no estará obligado a pagar, o bien, por ejemplo en el caso de los suministros, podrá volver a la entidad que tenía contratada anteriormente.
Fuente: El Economista
Hola Miguelan.
Puede que sea un proceso lento, pero de momento Vodafone está dispuesta a acatar el tema de la factura en papel:
Según este artículo de El Confidencial, Vodafone España ha asegurado a este periódico que va a cumplir la modificación de la ley de Consumidores y Usuarios y que "a partir de este 13 de junio los clientes que reciban la factura en papel seguirán recibiéndola sin coste".
Saludos.
Bueno, algo es algo, si una empieza, las demas le seguiran.
Lo que tienen que hacer es enviar a todos los clientes la factura en papel, y aquel que no quiera que solicite que no se la envien, no como Movistar que impone la factura sin papel en el momento en que contratas algo.
saludicos.
Hola:
Pues sí, buenas noticias son. Solo resta esperar a ver si se cumple todo eso. 😉
Esperemos que Movistar se aplique el cuento y vuelva a la Factura en Papel por defecto. Quizás a la gente joven le dé igual o prefiera la Factura Vía Web pero desde luego a la gente mayor le agradará saber que van a recibir su Factura en Papel otra vez lo que les facilitará tener un control sobre lo que gastan y se les cobra. 😉
Gracias @aasanz por informar de todos esos puntos-novedades. De lo de la ampliación del derecho de desistimiento por ejemplo no me había enterado. 😉
Saludetes. 😉
Pd. Lo de la obligatoriedad de las Facturas en Papel, ¿se aplica también a las Compañías de Luz y Gas?
Editado 15-06-2014 14:49
Editado 15-06-2014 14:49
manolito74 escribió:
Pd. Lo de la obligatoriedad de las Facturas en Papel, ¿se aplica también a las Compañías de Luz y Gas?
Hola,
Según el Artículo 63 de Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la factura en papel es para cualquier contratación realizada, sea teléfono, gas, electricidad, etc.
Saludos.
Pues a ver si lo del consentimien to expreso se aplica a esas campañas de SMS que abonan a la gente a suscripciones por el mero hecho de responder "quien eres?". Esperemos que todos tengan claro lo que significa consentimiento expreso.
Un saludo y que la Comunidad os acompañe.
Hola:
He visto que en Adslzone.net comentan esto:
Demasiado bonito para ser verdad.... ¿Quiere esto decir que por fin será obligatorio firmar un Contrato para proceder a un Alta?
Gracias & Saludetes. 😉