MOVISTAR ME HA ENGAÑADO: NO ME DAN MI CONTRATO

anavm
Mi vida cambió con el ADSL
MOVISTAR ME HA ENGAÑADO: NO ME DAN MI CONTRATO

Esto es impresionante. Llevo un mes con ellos y ya empiezan las estafas.

 

A la hora de contratar, se me ofrece un descuento durante los primeros meses como súper promoción vigente y me animan a que lo contrate rápidamente. Como no se me pasa ni por la cabeza que sea mentira lo hago.

 

Pues bien, resulta que me llega la primera factura y ¡Sorpresa! no hay ningún descuento. Me pongo en contacto con atención al cliente y como su compañera "me debió informar mal por error" y "no ha dejado nada por escrito" nadie me puede ayudar.

 

Dijo que cómo es posible que no me puedan ayudar y que todo está grabado incluído el contrato y...¡OTRA SORPRESA! nadie me puede facilitar el contrato. Es más ME INFORMAN DE QUE SI QUIERO EL CONTRATO TENDRÁ QUE SER POR REQUERIMIENTO JUDICIAL.

 

Soy abogada y evidentemente me cuesta muy poco meter un procedimiento en el juzgado. Eso sí, tener que esperar casi un año que tardan simplemente porque movistar me niega un derecho como consumidora que es simplemente RECIBIR MI CONTRATO me parece indignante.

 

Escribo por el chat con atención al cliente para que quede todo grabado y resulta que cuando le das a "descargar chat" aparece una página en blanco y no se descarga...otra mentira. Mala suerte Movistar, sabemos hacer pantallazos y copiar y pegar.

 

Ana:Quiero la grabación telefónica.
Inia N.:la grabaciones no son accesible para consulta
Inia N.:unicamente se ceden en el caso de requiriento judicial
 
Ahí lo llevas...al juzgado a por el contrato, IMPRESIONANTE.
Mensaje 1 de 4
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Comercial.Global-movistar
Moderador Global Comercial

 

 

Buenos días @anavm

Highlighted

Como te han comentado no se gestiona el envío de la grabación.

 

Si quieres nos puedes enviar en un mensaje privado tus datos (nif, nombre y teléfono), para pasarlo a estudio

Un saludo

Yolanda



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usuario_retirado
No aplicable

Comercial.Global-movistar escribió:

 

 

Buenos días @anavm

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Como te han comentado no se gestiona el envío de la grabación.

 

Si quieres nos puedes enviar en un mensaje privado tus datos (nif, nombre y teléfono), para pasarlo a estudio

Un saludo

Yolanda


Yolanda, 

 

Este tema viene de viejo y vosotros sois cansinos con vuestras respuestas.

 

En la página SEIS de la factura de abril y suscrito por Emilio Gayo, Director de Gran Público y Empresas, ¡DICE LO CONTRARIO!, te dejo una captura de dicha página y a ver si os ponéis de acuerdo, el señor Gayo dice que la enviáis si se solicita a vuestro departamento de atención al cliente y en el departamento, al igual que le ha sucedido a @anavm, se nos informa que única y exclusivamente con una orden judicial. ¿en qué quedamos?, aquí alguien no dice la verdad.

 

pagina 6.JPG

 

Queda muy bonito que el señor Gayo nos indique "La presente comunicación se realiza en cumplimiento de la normativa vigente, según Orden ITC 1030/2007 de 12 de abril de 2007 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la proteccion de los derechos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones. Tales Derechos le serán comunicados periódicamente cada seis meses". En tanto no se apruebe la imagen, te dejo una captura del B.O.E. donde figura dicha ITC:

 

ANEXO Modelo de documento informativo al cliente de los derechos que le reconoce la normativa vigente

 

«La normativa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre protección de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones le garantiza, entre otros, los siguientes derechos: Los operadores deben disponer de un departamento de atención al cliente. OPERADOR pone a su disposición para cualquier cuestión el teléfono de atención n.º [teléfono de atención al cliente] y la página web [página de Internet del operador].

 

Si Vd. se ha dado de alta con nosotros telefónicamente, debe saber que tiene derecho a disponer de un contrato en el que figuren las condiciones que se le aplican. Si no lo ha recibido, puede solicitárnoslo a través de nuestro departamento de atención al cliente. Vd. tiene derecho a darse de baja en cualquier momento de los servicios contratados. El único requisito es que nos lo comunique con quince días de antelación*. Puede darse de baja a través de las siguientes vías: (* actualmente son dos días).

 

Dicho lo cual ¿de dónde sacáis lo de la copia del contrato solamente por orden judicial?. La ITC es clara, al igual que el resto de la legislación, fundamentalmente el RD 899/2009, los únicos OSCUROS sois la empresa Telefónica de España, S.A.U. que os pasáis la legislación por el arco del triunfo.

 

Cordiales saludos.

Mensaje 3 de 4
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patrib
Yo probé el VDSL

los pillas en todas jajajaja

Mensaje 4 de 4
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